EL ECOTURISMO: UN MODELO DE TURISMO ALIENADO CON LOS ODS II. EL ECOTURISMO Y SU REGULACIÓN EN ESPAÑA La regulación del ecoturismo en España es bastante dispersa y se alude al mismo en distinta normativa, no dedicándole una legislación específica, salvo alguna excepción como veremos. Una de las primeras normas que vemos que se refiere al ecoturismo es la Ley 5/1999, de 24 de marzo, de ordenación del turismo de Cantabria9 que se refiere a las empresas de turismo activo y ecoturismo como empresa turística. Se definen las mismas como aquellas personas físicas, jurídicas o entidades que, mediante precio, de forma permanente o temporal, prestan servicios en el ámbito de la actividad turística (artículo 3). Por su parte, la Ley 11/2021, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Cantabria10 modifica en su artículo 18 la Ley 5/1999, de 24 de marzo, de ordenación del turismo de Cantabria11 en su artículo 3 e indica que son empresas turísticas aquellas personas físicas, jurídicas o entidades que, mediante precio, de modo permanente o temporal, prestan servicios en el ámbito de la actividad turística. Y señala las siguientes clases de empresas: empresas de alojamiento turístico, de intermediación, organización, publicidad y comercialización de servicios o productos turísticos, de turismo activo y ecoturismo, y empresas de restauración. También se incluyen todas aquellas que desempeñen actividades relacionadas con el turismo y que reglamentariamente se califiquen como tales. Ley 8/1999, de 26 de mayo, de ordenación del turismo de Castilla-La Mancha12 se refiere a las empresas de ecoturismo como una clase de empresa turística, junto con las empresas de alojamiento turístico, de intermediación turística, de restauración, de turismo activo y los centros recreativos turísticas. Además de considerar como empresa turística cualquier otra tipología de empresa que presten servicios relacionados con el turismo o que incluyan entre las actividades servicios turísticos y que reglamentariamente se clasifiquen como tales (artículo 8). El capítulo V intitulado “De las empresas de turismo activo, de ecoturismo y de los centros recreativos turísticos” diferencia las empresas de turismo activo de las empresas de ecoturismo. Dedica el artículo 19 bis a las empresas de ecoturismo centrándose en la función que realizan. Indica que son las que realizan las diversas actividades turísticas que se enumeran en la 9 BOE núm. 110, de 8 de mayo de 1999. 10 BOE núm. 36, de 11 de febrero de 2022. 11 BOE núm. 110, de 8 de mayo de 1999. 12 BOE núm. 179, de 28 de julio de 1999.
RkJQdWJsaXNoZXIy MTE4NzM5Nw==