International Journal of Tourism, Travel and Hospitality Law 1|2024

EL ECOTURISMO: UN MODELO DE TURISMO ALIENADO CON LOS ODS 8/1999, de 26 de mayo, de ordenación del turismo de Castilla-La Mancha21, cuyo artículo 8 referente a las clases de empresas turísticas incluye junto a las empresas de alojamiento turístico, intermediación turística, restauración y turismo activo, las de ecoturismo. La Ley 5/2020, de 24 de julio, de medidas urgentes para la declaración de proyectos prioritarios en Castilla-La Mancha 22 indica que en el artículo 19 bus se incorpora la obligación de contratar seguro de responsabilidad civil, de asistencia y accidente a las empresas de ecoturismo, reguladas por primera vez en Castilla-La Mancha por Decreto 5/2020, de 3 de marzo por el que se regula el turismo activo y el ecoturismo.23 La Ley 5/2020 también incorpora un apartado 3 al artículo 19 bis de la Ley 8/1999 de tal forma que las empresas de ecoturismo tendrán la obligación de constituir un seguro de responsabilidad civil y un seguro de asistencia y de accidente, en los términos que se establezcan de forma reglamentaria. La Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor24, en su artículo 69 que regula el plan de promoción turística indica que el objetivo de aprobación de dicho plan es diversificar y desestacionalizar la actividad turística, complementando el modelo de «sol y playa» con productos basados en el uso sostenible de los recursos de la zona como son la náutica, el turismo deportivo, cultural, fiestas, gastronomía, bienestar, ecoturismo, entre otros. La Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia25 establece en su artículo 92 respecto al personal voluntario en el ámbito de la cooperación para el desarrollo que no serán consideradas actuaciones de voluntariado en el ámbito de la cooperación para el desarrollo aquellas actividades de turismo solidario, ecoturismo, turismo sostenible o cualquier otra con denominación similar que tengan como finalidad fundamental el desplazamiento por razones de ocio o descanso a un país empobrecido o en vías de desarrollo. También interesa destacar en el ámbito del ecoturismo la Orden PCM/735/2021, de 9 de julio, por la que se aprueba la Estrategia Nacional de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas26. 21 BOE núm. 179, de 28 de julio de 1999. 22 BOE núm. 280, de 23 de octubre de 2020. 23 DOCM núm. 55, de 17 de marzo de 2020. 24 BOE núm. 221, de 17 de agosto de 2020. 25 BOE núm. 79, de 2 de abril de 2021. 26 BOE núm. 166, de 13 de julio de 2021.

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