EL ECOTURISMO: UN MODELO DE TURISMO ALIENADO CON LOS ODS turismo más sostenible, basado en la inclusión social, la reducción de las desigualdades, la conservación y la protección del medio ambiente, la gestión responsable de los recursos y la salvaguarda de los beneficios del turismo desde la igualdad de oportunidades, la formación de los trabajadores y trabajadoras y el respeto a la cultura del territorio (Preámbulo). -Las principales novedades serían la incorporación de las empresas de ecoturismo y en consecuencia la actualización del anexo de actividades, en que estas se agrupan en descripciones genéricas, vinculadas a un grupo de actividades de referencia; no obstante, se dispondrá permanentemente actualizado un listado orientativo de las actividades de turismo activo y ecoturismo con sus definiciones a efectos de facilitar el adecuado encuadre de estas (Preámbulo). -Se introduce una disposición final primera por la que se modifica el anexo del Decreto 2/2017, de 24 de enero, del president de la Generalitat, por el que se establecen los distintivos correspondientes a las empresas y a los establecimientos turísticos de la Comunitat Valenciana, en el que se determinan las dimensiones, indicaciones y resto de características de los distintivos para incluir el distintivo correspondiente a las empresas de ecoturismo y de aquellas que realizan conjuntamente tanto actividades de turismo activo como de ecoturismo, según lo establecido en el anexo III del presente decreto para para los locales (Preámbulo). -Se cumple a su vez, con el principio de seguridad jurídica, al desarrollar todos los aspectos relacionados con el subsector del turismo activo y ecoturismo en la Comunitat Valenciana. -El presente decreto tiene por objeto la ordenación de los servicios y empresas que se dedican al turismo activo y al ecoturismo en la Comunitat Valenciana (artículo 1 Decreto 4/2024). -Estarán sujetas a las prescripciones del presente decreto las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, dedicadas al turismo activo y al ecoturismo que desarrollen su actividad, aun de forma no reiterada, dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana (artículo 1 Decreto 4/2024). -Las empresas de turismo activo y ecoturismo legalmente establecidas que tengan su sede o domicilio social en otras comunidades autónomas o estados miembros de la Unión Europea podrán prestar libremente sus servicios sin necesidad de presentar la declaración responsable a que se refiere el artículo cinco del presente decreto cuando, de manera no reiterada, desarrollen actividades en el territorio de la Comunitat Valenciana (artículo 1 Decreto 4/2024).
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