CHILE Y EL VINO, COMENTARIOS SOBRE SU DERECHO Así, por ejemplo, en la rechazada42 propuesta de nueva constitución se contemplaba un reconocimiento a la importancia de la agricultura, declarando su apoyo y fomento (artículo 54), protegiendo el ámbito rural y agrícola (artículo 46), el uso del agua en sectores rurales (artículo 141), el tratamiento igualitario entre territorios urbanos y rurales (artículo 189), el apoyo a su conectividad (articulo198) y la proteccion a la ruralidad (241). Junto con ello, no existe en el ámbito académico una generación importante de artículos, cursos y capacitaciones en el ámbito juridico sobre el mundo del vino. Sin embargo, la investigación científica agrícola si es notoriamente mas relevante, en gran parte por el impulso de los gremios vinculados a la industria. La vinculación con el turismo es relevante, apuntando ya a una pequeño pero consolidado circuito enoturismo, que es declarado como programa estratégico de CORFO y SERNATUR. Por ello, la actualización y el mejoramiento de la normativa del vino, como su reconocimiento y construcción de legislación moderna y adecuada para mantener su desarrollo; es auspiciosa en el nuevo ciclo postpandemia. Bibliografía Alvarez, C. P. (1988). Instituciones del derecho del vino: En especial de las denominaciones de origen. Revista chiena de derecho, Vol. 25, N°4 , 757792. de Lovera, P. M. (1865). Crónica del reino de Chile por el Capitan Mariño de Lovera. Santiago de Chile: Imprenta del Ferrocarril. Del Pozo, J. (2004). Historia del vino chileno. Santiago de Chile: Editorial Universitaria. Lacoste, P., Briones, F., Jimenez, D., & Rendon, B. (2014). La denominación de origen Pisco en Chile: algunos problemas nacioanles e internacionales. IDESIA (chile), 47-56. 42 Se rechazo la propuesta de nueva constitución, en plebiscito realizado el 4 de septiembre de 2022.
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