IJTTHL1/2025

A pesar de tan ancestral cultura del vino, con su proyección social, literaria y mística, el Derecho tardó mucho en entrar en este campo, que le era ajeno mientras pertenecía al mundo de las satisfacciones de los sentidos o de los sentimientos. Sólo cuando el vino se convirtió en un problema de salud, de orden público o económico -y los poderes »públicos se interesaron por estas cuestiones- es cuando las pragmáticas y las leyes hicieron acto de presencia, primero prohibiendo, después fomentando y luego regulando la producción, la comercialización y el consumo». La Ley 5/2004, de 7 de mayo, de Ordenación Vitivinícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco5, en su Exposición de Motivos incide en la milenaria tradición del vino: «Esta importancia histórica ha hecho que el cultivo de la viña, la calidad y el volumen de la producción, el grado de evolución de la industria de vinificación y el nivel de formación adquirido por los diversos sectores que toman parte en la misma hayan ido desarrollándose paulatinamente a lo largo de tiempo hasta alcanzar el actual sistema productivo, eficiente y de reconocido prestigio en el ámbito internacional, que enlaza con la milenaria tradición de consumo habitual y moderado del vino». A esa misma cultura del vino se refiere la Ley 2/2005, de 27 de mayo, de Ordenación del sector vitivinícola de la Comunidad Valenciana6, en su artículo 34 indica lo siguiente: «La promoción de la cultura del vino persigue los siguientes objetivos: a) Impulsar prácticas que promuevan la mejora de la calidad de los vinos y de sus técnicas de producción y comercialización, así como las mejoras en la gestión empresarial que contribuyan a dichos fines. b) Regular el marco legal al que deben ajustarse las denominaciones de calidad. c) Establecer medidas con la finalidad de incentivar la colaboración entre los operadores de la cadena de producción, elaboración, transformación y comercialización, para incrementar en el mercado los productos con distintivos de “denominaciones de calidad”. d) Contribuir a la promoción de estos productos en el mercado nacional e internacional bajo la figura de una fundación donde estén representados 5 BOE núm. 279, de 19 de noviembre de 2011. 6 BOE núm. 154, de 29 de junio de 2005. 211 LA CULTURA DEL VINO EN ESPAÑA Y SU APLICACIÓN EN EL TURISMO

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