El derecho al endoso de billete aéreo nacional. El caso Peruano - Carlos Morales / Alfonso Ortiz PRE-PRINT Ibero-American Chapter IJTTHL

conclusions indicate that the State through the jurisdictional bodies and the Constitutional Court based on the economic constitution highlight the guiding principle of the State as guarantor of economic activities and its protective role in favor of the interests of users and consumers Key words: national air transport, right to air ticket endorsement Introducción El turismo es una actividad preponderante en diversos países del mundo por su aporte al PBI que involucra diversos servicios en el afán de satisfacer al turista las fnalidades de esta actividad. Agencias de viajes, hospedajes, restaurantes y transporte son los servicios básicos para la fnalidad del turismo, siendo en este caso referido a la problemática del transporte aéreo, una actividad muy dinámica que sirve al turista y al turismo para enlazar diversas ciudades de un país o del mundo por lo que se hace necesario la contratación de los turistas o viajeros con una empresa prestadora de este servicio dando lugar a la emisión de los boletos o billetes de transporte aéreo o ticket de parte de las empresas aéreas, siendo que estos se emiten para un solo tramo (one way), de ida y vuelta o de múltiples tramos (raund trip), pero en algunos ocasiones estos tramos no son usados por el turista por alguna razón, pues existen diversos motivos incluso involuntarios que se presentan en el abordaje (Kriete 2016), que daría lugar a la postergación del viaje o a transferir (endosar) a otro consumidor, de tal manera que en esta situación la legislación nacional peruana contempla, regulando a través del Código de Protección y Defensa del Consumidor [en adelante CPDC]. Ley 29571. 02 de setiembre 2010 e igualmente en el 2013 ampliado por la Ley 30046 del 2013. El término general el endoso tendría que cumplir con los siguientes requisitos: (1) solo podrá realizarse hasta las 24 horas previas al vuelo, y (2) se perfeccionará por medio de la individualización de endosante y del endosatario en el formulario digital que el transportador deberá disponer para tal efecto en su sitio web ofcial. No obstante, ello ha generado desde la vigencia del código del consumidor divergencias en contra por los grupos empresariales, a tal punto que expedido la ley a los tres días se expidió por el Poder Ejecutivo el

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