Marco jurídico de los contratos turísticos en Cuba, Freddy Hung Gil PRE-PRINT Ibero-American Chapter IJTTHL

dignidad, del medio ambiente y, en defnitiva a su sostenibilidad . La noción de 36 sostenibilidad no está asociada solamente al impacto ambiental de la actividad turística y, reconducible por tanto, de manera particular a las expresiones del turismo El artículo 8 de la Resolución 50 de 2014 del Mintur disciplina detalladamente el principio de 36 sostenibilidad. ARTÍCULO 8.1.- El Turismo de Naturaleza, de Aventuras y Rural, se sustentan en principios de sostenibilidad, entre los que se encuentran los siguientes: 8.2.- Sostenibilidad Ambiental: a.- Potenciar las áreas donde se contemplan el manejo integrado de los recursos y procesos ambientales, el respeto a la complejidad funcional, los mecanismos de autorregulación y estabilidad ambiental; el mantenimiento de la integridad de los hábitats, los ciclos y ritmos de la naturaleza; que garanticen la no degradación de los valores naturales. b.- Promover actividades que no agoten recursos escasos, no renovables o especies en peligro de extinción. c.- Seleccionar los sitios donde existe capacidad de manejo para el control de riesgos y desastres. Mantener y mejorar la calidad de los paisajes, tanto urbanos como rurales, evitando la degradación física y visual del ambiente. e.- Apoyar la conservación de áreas naturales, hábitats y vida silvestre minimizando posibles impactos negativos. f.- Minimizar la contaminación del aire, agua y tierra y la generación de desechos sólidos por parte de empresas turísticas y visitantes. Garantizar la gestión fnal de los desechos. 8.3.- Sostenibilidad Económica: a.- Potenciar la consolidación de un esquema integral de autofnanciamiento para el desarrollo de estas modalidades turísticas, con el objetivo de lograr su aseguramiento y efciente funcionamiento; incorporar mecanismos de abastecimiento para las mismas que aprovechen las potencialidades de todas las formas productivas a escala local, en correspondencia con la actualización del modelo económico cubano. b.- Asegurar la viabilidad y competitividad de tal manera que la operación continúe prosperando y tenga benefcios a largo plazo. c.- Proporcionar benefcios fnancieros para la conservación de las áreas donde se desarrolle la actividad. Potenciar el desarrollo local, a partir de los benefcios fnancieros que reporta y de la participación de las comunidades locales. 8.4.- Sostenibilidad Espacial: a.- La localización y gestión efciente de áreas y productos turísticos de naturaleza. b.- La existencia de planes de ordenamiento territorial de las formas de ocupación, incorporación, apropiación y organización del espacio; sobre la base de la valoración de la diversidad y las propiedades geoecológicas de cada unidad ambiental. 8.5.- Sostenibilidad Social: a.- Desarrollar actividades que maximicen la participación, la toma de decisiones y la autogestión del capital humano local y la satisfacción de sus necesidades básicas, en el marco de justicia y equidad que caracteriza la sociedad cubana. b.- Promover la responsabilidad ética entre los diferentes actores (población, administradores, gestores turísticos y visitantes). Fortalecer el número y calidad de los empleos locales creados y sustentados por el turismo, incluyendo el nivel de ingresos, condiciones de servicio y disponibilidad para todos. d.- Buscar una distribución amplia y justa de los benefcios económicos y sociales del turismo para toda la comunidad receptora, incluyendo mejoramiento de oportunidades, ingresos y servicios disponibles para los más humildes. 8.6.- Sostenibilidad Tecnológica: a.- Promover el uso de tecnologías limpias, ambientalmente renovables y de bajo impacto ambiental, así como los sistemas alternativos de tecnología y producción más limpia. b.- Potenciar el uso de materiales y procedimientos constructivos de acuerdo con las tradiciones y la cultura local.

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