Turismo e inteligencia artificial - Francisca Ramón Fernańdez PRE-PRINT Ibero-American Chapter IJTTHL

Imagen 8 y 9. Creación por inteligencia artifcial a través de la aplicación DALL-E 2 de espacios turísticos fcticios. Fuente: elaboración propia La problemática de la creación intelectual y la propiedad intelectual en el caso de la inteligencia artifcial no está resuelta. Ya que estas imágenes generadas 37 por inteligencia artifcial se basan en repositorios de imágenes reales y a partir de ahí se genera una imagen fcticia. Incluso se puede solicitar que la imagen siga una tendencia pictórica (pop art, o pixel art) o que imite a un pintor conocido. 3. El acceso a las nuevas tecnologías por parte de los no nativos digitales: una discriminación que contempla la Carta de Derechos Digitales Hay que tener en cuenta que el turista como consumidor puede verse limitado por distintas circunstancias en relación con la inteligencia artifcial. Principalmente si se encuentra en una situación de vulnerabilidad por edad o por circunstancias físicas o psíquicas. Hemos hecho alusión a la Ley 4/2022, y precisamente el Preámbulo de dicha norma hace referencia a los consumidores vulnerables, entre los que se puede encontrar la persona que consume un producto turístico: RAMÓN FERNÁNDEZ, F.: «Inteligencia artifcial y los derechos en torno a la creación y la 37 imagen», Revista Actualidad Jurídica Iberoamericana, núm. 16 bis, junio 2022, págs. 3762 y sigs. Disponible en: https://www.revista-aji.com/wp-content/uploads/2022/06/141.-FranciscaRamon-3762-3791.pdf (Consultado el 6 de septiembre de 2022).

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