La cultura del vino en España y su aplicación en el turismo, Francisca Ramón Fernández

De especial interés resulta mencionar el Decreto 20/2015, de 12 de junio, por el que se declara bien de interés cultural «El paisaje cultural del Vino y el Viñedo de La Rioja» de la Comunidad Autónoma de La Rioja19 que alude a la importancia de al Cultura del Vino y el Viñedo en La Rioja: «es preciso señalar que el Patrimonio Cultural del Vino y el Viñedo de La Rioja tiene una sólida base en nuestra Comunidad Autónoma. No en vano, una de sus señas de identidad más reconocibles es su estrecha vinculación con todo lo relacionado con la cultura del vino y la vitivinicultura, ámbito productivo que ha proyectado a La Rioja a nivel mundial y que a nivel identitario ha llegado al nivel de la metonimia, en el que el nombre de la región es identificado prestigiosamente con el vino que en ella se produce. Resulta oportuno, por tanto, procurar un nivel de reconocimiento de esta realidad representativa de uno de los rasgos culturales más distintivos de lo riojano, para su adecuada preservación, distinción y difusión». Dentro de los elementos que se incluyen en el denominado «El paisaje cultural del Vino y el Viñedo de La Rioja» se encuentran: a) Lagares rupestres. b) Chozos y/o guardaviñas c) Bodegas d) Barrios de bodegas. Se menciona de forma específica la protección del patrimonio inmaterial: «En lo que respecta al patrimonio inmaterial, su protección consistirá fundamentalmente en la correcta documentación de los saberes y técnicas de elaboración tradicional, vocabulario específico tradicional, canciones, cuentos, leyendas y refranes, manifestaciones religiosas y devociones vinculadas a la cultura del vino y usos sociales tradicionales relacionados con la cultura del vino y el viñedo. Se realizarán publicaciones recopilatorias de documentación histórica, entrevistas etnográficas, grabaciones de video y audio que recojan información relevante, fotografías y todo el material en cualquier tipo de soporte que permita dejar testimonio de todos los elementos relacionados con la cultura inmaterial del vino y el viñedo. La divulgación de estos materiales se plantea como un elemento fundamental para la salvaguarda en el imaginario colectivo de este tipo de patrimonio. Para ello se arbitrarán los procedimientos necesarios con la ayuda de las nuevas tecnologías para que el acceso a esta documentación sea universal. Quedan también protegidas en el ámbito de esta declaración las fiestas en las que la cultura del vino tiene un papel protagonista. No obstante se hará necesaria la tramitación con carácter individual de cada una de ellas en expediente independiente, de manera que pueda ser valorada de manera rigurosa la declaración de la fiesta en relación con el paisaje cultural de la vid y el vino». La Ley Foral 16/2005, de 5 de diciembre, de ordenación vitivinícola de la Comunidad Foral de Navarra20, en su artículo 21, se refiere a los pagos como lugar vinculado al vino y que dispone de una serie de características: 19 BOE núm. 163, de 9 de julio de 2015. 20 BOE núm. 1, de 2 de enero de 2005.

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